¿Ha pagado los impuestos de circulación?
¿Piensa adquirir un coche de segunda mano? ¡Compruebe esto antes de hacerlo!
Cambio de nombre. Si va a adquirir un vehículo de segunda mano, sepa que, para que Tráfico tramite el cambio de nombre, es suficiente con que el vendedor haya satisfecho el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del año anterior.
Precaución. No obstante, ello no significa que el vendedor haya pagado el IVTM de años anteriores (o del propio año en curso). ¡OJO! Así pues, antes de comprar, asegúrese de que dichos impuestos están pagados. En caso contrario, corre el riesgo de que el Ayuntamiento le embargue el vehículo. Aunque usted podrá reclamar al vendedor el dinero que pueda satisfacer, tal vez no logre recuperarlo.
Anotaciones. Verifique también que en el Registro de Bienes Muebles no consta ninguna anotación de embargo sobre el vehículo, ya que ello impide que Tráfico acepte cambios de nombre.
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