Nuevos recargos por extemporaneidad

20.12.2023

Se han reducido los recargos por presentación de declaraciones tributarias fuera de plazo.


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Recargos más bajos

Nuevos recargos.

Para incentivar a los contribuyentes a regularizar su situación tributaria lo antes posible, desde el pasado 11 de julio de 2021 se han reducido los recargos por presentar declaraciones a ingresar fuera de plazo sin requerimiento previo. ¡OJO! A partir de ahora, los recargos aumentan de forma mensual. Ahora el recargo es del 1% más un 1% por cada mes completo de retraso, y del 15% fijo a partir de los 12 meses.

Regularización sin recargo

Tras una comprobación.

Otra novedad es que, a partir de ahora, los recargos no se exigirán si el obligado tributario regulariza voluntariamente unos hechos o circunstancias idénticos a los regularizados por Hacienda por el mismo concepto impositivo (IVA, Impuesto sobre Sociedades, IRPF...) pero respecto a otros periodos. ¡OJO! Para que esto sea posible, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

• El contribuyente deberá regularizar y pagar la deuda de dichos períodos dentro de los seis meses siguientes a la liquidación de Hacienda.

• Asimismo, es preciso que dicha liquidación no se recurra y que de ella no se derive la imposición de una sanción.

Sin sanción.

Es importante que la comprobación realizada por Hacienda no finalice con sanción ¡OJO! Según los tribunales, si el obligado tributario regulariza un error declarado en una autoliquidación que es idéntico al regularizado previamente por Hacienda respecto a otro período, se considera que ha existido requerimiento previo y Hacienda puede imponer sanciones en lugar de recargos por presentación fuera de plazo.

¿Cómo actuar?

Por tanto, si Hacienda le regulariza un ejercicio y usted sabe que ha cometido los mismos errores en otro posterior, antes de presentar complementarias de dicho ejercicio posterior, asegúrese de que no le vayan a sancionar en la primera regularización.


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